JUSTICIA POR UN POCO DE SOL

La Cámara Civil ordenó el derribo de una construcción que proyectaba sombras durante buena parte del día a la piscina descubierta de la casa de un vecino.


Además, lo condenó a pagarle 3.000 pesos de indemnización porque “el conflicto suscitado ha perturbado la tranquilidad y el ritmo normal de vida de los damnificados en su propio hogar”.

La Cámara confirmó el fallo de primera instancia, “que hizo lugar parcialmente a la demanda, disponiendo que el accionado deberá destruir parcialmente la obra nueva realizada hasta la altura necesaria para que no proyecte sombras sobre el patio y pileta de natación del predio de los accionantes, dentro del plazo de 30 días y bajo apercibimiento de aplicación de multas”.

El fallo, que no especifica la ubicación de la pileta en cuestión, rechaza el reclamo económico por “privación de uso” de la piscina, pero admite el resarcimiento por “daño moral” en relación con “los padecimientos sufridos por los accionantes en virtud de los hechos acontecidos”.

Además, subrayó que “el conflicto ha perturbado la tranquilidad y el ritmo normal de vida de los damnificados en su propio hogar, produciendo una considerable inquietud y mortificación que resulta evidente a poco que se advierta la necesidad de intimaciones, presentaciones en sede administrativa y el propio trámite del juicio, originados en la conducta de su vecino”.

fuente: cronica

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